lunes, 12 de diciembre de 2011

LA CONTRAREPLICA DE LA REPLICA. De Oca a Oca y tiro por que me toca.

El señor José Miguel Martínez Alcalde, administrador de la pagina de “dominio privado” www.cadiar.com vuelve a confundir los términos de una manera sesgada e intencionada, jugando con los tiempos y con los silencios o pronunciamientos del Ayuntamiento.

El anterior Alcalde, no prohibió inicialmente la grabación de los Plenos “suspendió cautelarmente la grabación  y posterior difusión de los mismos” hasta que no se pronunciase el máximo Órgano Colegiado del Ayuntamiento que es “El Pleno”. Y así se le hizo saber al señor Martínez, a pesar de todo ello, el susodicho decidió grabar el Pleno del 28 de mayo del 2009  por lo que el anterior Alcalde se vio en la necesidad de recordar en sede plenaria que mientras no existiera una autorización expresa del Pleno no se podía grabar, ni difundir los Plenos.

Llegados a este punto, podemos decir que el señor Martínez (y así lo admite el mismo en su página) contravino la advertencia  que realizó el Alcalde en Sesión Plenaria, circunstancia que perfectamente habría  podido propiciar la adopción de medidas legales contra el mencionado señor (administrador de dicha página).  Cosa que por otro lado nunca ocurrió. Ni entonces, ni anteriormente cuando en reiteradas ocasiones grabó y difundió los plenos por su Web privada sin contar para ello con la autorización pertinente. El Pleno autorizó al señor Martínez a grabar y poder dar difusión a los Plenos el 28 de Mayo del 2009, sin embargo en la Web del señor Martínez se venían colgando habitualmente los Plenos desde mayo del 2008 (en ese intervalo de tiempo el señor Martínez grabó y difundió por su página Web 7 Plenos sin tener permiso para ello). En todo ese periodo de tiempo el Ayuntamiento no adoptó ninguna medida que impidiera al señor Martínez grabar y difundir los Plenos, extraña manera de limitar y condicionar los derechos constitucionales.

Lo de responder en tiempo y forma debe ser un mal endémico de la Administración Municipal, en el pasado y en el presente. La Moción del Partido Socialista presentada en esta Legislatura  a la que hace referencia el señor don José Miguel Martínez Alcalde (y que se puede leer en el Blog del PSOE) se presentó por escrito en el Pleno Ordinario del día 29 de julio del 2011 (rogando que se adjuntara al Acta del Pleno), pues bien, todavía a día de hoy no se ha obtenido respuesta alguna por escrito a dicha interpelación.

 La única contestación que se produjo fue de palabra en el siguiente Pleno (con fecha del 28 de septiembre del 2011) sugiriendo el actual Alcalde la disposición del Ayuntamiento a facilitar a la Oposición copia en soporte informático de las grabaciones de los Plenos. Ni que decir tiene, que nada dijo de las otras peticiones que se formularon en dicha Moción, porque creo recordar que en la misma se pedía la publicación de los videos de los Plenos, la publicación de las Actas de los Plenos y de las Actas de las Comisiones de Gobierno, así como la publicación de los Edictos, Bandos informativos, licitaciones, etc..., en la página oficial del Ayuntamiento de Cádiar. Por cierto, el mencionado señor cuestiona abiertamente  la voluntad de transparencia del anterior Equipo de Gobierno, pero da la casualidad que en la página oficial del Ayuntamiento las únicas actas de Plenos y Comisiones de Gobierno que están publicadas a día de hoy son las correspondientes a  Plenos que se desarrollaron en la anterior Legislatura, de la actual no hay ni una sola publicación.

Pero le voy a decir más, con fecha del 16 de noviembre del 2011 el portavoz del Grupo Socialista  presentó un escrito en el Ayuntamiento solicitando las correspondientes copias en soporte informático de los Plenos (ordinarios y extraordinarios) realizados hasta dicha fecha, (tal y como se había comprometido el actual Alcalde en Sesión Plenaria). Pues bien, la contestación ha dicho escrito se produjo el día 24 de noviembre de 2011 (más allá de los 5 días hábiles para contestar reglamentariamente) y la respuesta literal del actual Alcalde es la siguiente:

“Adjunto con este escrito, copia de CD, de la grabación del Pleno Ordinario de 28 de septiembre de 2011. De los otros Plenos no podemos facilitarle copia ya que la grabación de los mismos no se ha realizado por el Ayuntamiento, sino por persona ajena a él, por lo que es esa persona la propietaria de esas grabaciones.”

No se, igual el Grupo Socialista con representación democrática en el Ayuntamiento de Cádiar debería de buscar también el amparo del Defensor del Pueblo Andaluz por entender que se están vulnerando sus derechos constitucionales. Por cierto, si alguien cree que se están vulnerando sus derechos fundamentales o constitucionales lo que tiene que hacer es interponer un Recurso de Amparo ante los Tribunales de Justicia.

El principal y máximo órgano decisorio de un Ayuntamiento es el Pleno. Porque dicho Órgano mana de la voluntad democrática de los ciudadanos. Es por tanto este Órgano plenamente  competente para autorizar o no la grabación de los Plenos. Y fue precisamente éste órgano el que autorizó por unanimidad de todos los partidos políticos (incluido el grupo mayoritario del PSOE) la grabación y posterior difusión de los Plenos al señor Martínez. Igual que lo autorizó habría podido perfectamente denegar dicha autorización si lo hubiera considerado oportuno y pertinente.

Las recomendaciones, informes o dictámenes del Defensor del Pueblo Andaluz deben de tenerse siempre en consideración por parte de las administraciones públicas pero dichas resoluciones no tienen carácter vinculante para las mismas. Además se da la circunstancia de que el Ayuntamiento se pronuncia al respecto por primera vez cuando dicha autorización ha sido sometida al criterio y a la deliberación del Pleno.

Dice este señor, que solicitó los permisos oportunos por “deferencia” hacia el Ayuntamiento, ya que entendía que no tenía la necesidad de hacerlo. No confundamos los términos, el hecho de que el señor Martínez tenga derecho a acceder en igualdad de condiciones que el resto de ciudadanos a la información (y por tanto poder grabar y difundir los plenos por su página Web) no quiere decir que no tenga que seguir los cauces oportunos y reglamentarios para poder hacerlo.   
 
Todo medio de comunicación público tiene la necesidad de acreditarse para poder acceder a determinadas informaciones. Parece razonable pues, que cuando es un particular quien solicita la autorización para la grabación y posterior difusión de los Plenos aclare por que medio se va a difundir y quien es el administrador o responsable de dicha Web. Sobre todo, si tenemos en cuenta la proliferación de páginas Webs de contenido político y de origen anónimo que surgieron en la anterior Legislatura. Páginas como “Cadiar hoy” o “Actualidad Digital” (con direcciones físicas falsas, con nombres de administrador también falso y con contenidos tan variopintos como “las actas de arqueo del Ayuntamiento de Cádiar” o informaciones relativas “a las aventuras y desventuras judiciales de los concejales del PP en la anterior legislatura”), páginas en las que se permitía sistemáticamente que en sus foros se insultara, se calumniara y se injuriara a los anteriores responsables del Ayuntamiento y lo que es peor a los vecinos (eso sí, ningún partido político se responsabilizaba aparentemente de los contenidos de las mismas).

Parece ser que para el señor Martínez la valentía de un Alcalde se mide por su capacidad para menospreciar las recomendaciones e informes de los técnicos municipales. Quizá debería de saber:
-Que los informes de los técnicos son preceptos legales que exige el procedimiento administrativo.
-Que los técnicos municipales son profesionales independientes que actúan en función de lo que determinan y estipulan las Normas y las Leyes. Por eso en sus pronunciamientos, resoluciones e informes tiene que haber una argumentación jurídica.
-Que la obligación de los responsables políticos es la de atender dichas recomendaciones y dictámenes.  Porque para eso se supone que son los expertos y para eso están. ¿Qué se pueden equivocar?...Pues claro que se pueden equivocar, en todos los ámbitos de la administración se cometen errores.  

Cuando se habla de cambiar las reglas del juego nos referimos a que, sorprendió y mucho, que después de 14 ó 15 Plenos grabados en soporte sonoro se decidiera que en el “último Pleno de la anterior Legislatura”  se iban a grabar también las imágenes.
Evidentemente, fue un error por parte del Alcalde anterior no comprobar previamente que la solicitud que presentó el señor Martínez en su día en el Ayuntamiento para poder grabar los plenos permitía la grabación también de imágenes. En cualquier caso, dicha circunstancia  no invalida que fue en la etapa de gobierno del PSOE cuando se permitió a través de un acuerdo plenario la grabación y posterior difusión por Internet de los plenos.

Tampoco tenemos inconveniente en admitir que el señor Martínez realiza una encomiable labor al grabar los plenos y difundirlos posteriormente por su Web privada.

1 comentario:

  1. Por alusiones y perdón otra vez:

    http://www.cadiar.com/component/content/article/110-mas-vueltas-de-los-plenos.html

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